El CAER se expresó sobre la vacante en el Superior Tribunal

El CAER se expresó sobre la vacante en el Superior Tribunal

Ante la consulta realizada por el gobernador Rogelio Frigerio, el Colegio de la Abogacía respondió formalmente por la posibilidad de sugerir un listado de nombres para ocupar la vacante en el Superior Tribunal de Justicia. El CAER decidió solicitar que sea un matriculado o matriculada quien ocupe ese lugar, definió características del perfil adecuado y no consideró oportuno enviar un listado con nombres.

 

En la nota enviada hoy al gobernador de la provincia, se le comunica que tras la reunión del Consejo Directivo, el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos ha “resuelto en pleno, presentarle un perfil en lugar de una lista de colegas. De presentar una lista, sin ninguna duda se cometerán arbitrariedades, ya que faltarán nombres de representantes de la abogacía independiente con idoneidad para ese prestigioso cargo”.

“Esta institución tiene la plena convicción respecto que la misma debe ser cubierta por un profesional del derecho probo, ético etc., y con la suficiente experiencia en la materia, a fin de lograr cumplir con excelencia la honorífica función que se le encomienda. […] Creemos férreamente que deben ser considerados no solamente los aspectos académicos, sino también y principalmente el ejercicio ético, responsable, y activo de la profesión, lo cual no se suple con antecedentes académicos sino con una nutrida práctica profesional que permita el aporte y la mirada de la abogacía en ese órgano”, continúa la nota.

Además de agradecer el muy buen diálogo con el gobierno provincial, desde el CAER destacaron que “además de histórico, aportaría mucho integrar la Sala Civil y Comercial con alguien del espacio de la abogacía independiente, ya que en los últimos años sólo se ha tenido en cuenta a magistrados, funcionarios o colegas con activa participación política partidaria”.

Por último, el Colegio se ofreció para ejercer el rol de veedor de los seleccionados, de ser necesario, ya que cuenta con información del Tribunal de Ética sobre la matrícula.

Pago de Matrícula Anual

Pago de Matrícula Anual

Hasta el 10 de marzo se puede pagar la matrícula anual. Con este beneficio se puede pagar todo el año por el valor equivalente a 10 JUS ($9.800 c/u).

La ley es la ley

La ley es la ley

El Colegio de la Abogacía comparte el comunicado del Instituto de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología sobre aspectos que preocupan a los profesionales de la materia.

 

“Como integrantes del Instituto de Derecho Penal del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, manifestamos con profunda preocupación que hemos verificado, la falta de aplicación reiterada por parte de jueces de garantías, fiscales, jueces de apelaciones y la Sala I de la Cámara de Casación Penal de Entre Ríos, de normas concretas que regulan diversos institutos del proceso penal. Ellas, no se aplican o, su aplicación se elude con fundamentos subjetivos que sólo en instancias superiores se han logrado revertir, causando en la mayoría de los casos perjuicios procesales muy serios a los justiciables. 

 

Hemos observado con preocupación, como algunos jueces y vocales, se resisten a observar la voluntad del legislador entrerriano plasmada en los artículos 223 y 192 del CPP, sobre los plazos procesales.

En demasiados casos los tribunales han decidido expresamente no aplicar estas disposiciones dándole “vuelta la cara” a dichos textos legales que no requieren especial hermenéutica, ignorando también una doctrina obligatoria sentada al respecto en casación por el más alto y prestigioso Tribunal Penal de la provincia y también por la Corte Suprema de la Nación que tempranamente se pronunció por la vigencia de esta garantía. 

 

Otro eje es respecto a los medios de impugnación en el código. Estos tienen un trámite por el cual el recurso debe ser presentado ante el Juez que dictó la resolución recurrida quien realizará el control de admisibilidad, (forma, plazo, motivos) y de inmediato lo remitirá al superior competente para continuar el trámite y expedirse sobre la cuestión de fondo. 

Sin embargo, a pesar de normado y la jurisprudencia, los tribunales que dictaron la resolución recurrida deniegan habitualmente los recursos declarando la inadmisibilidad, pero rechazando en verdad los agravios expresados contra sus propias sentencias por los recurrentes. 

El argumento al uso que han pergeñado los magistrados para justificar este desatino los ha llevado a sostener que los agravios de los recurrentes son meras reiteraciones de argumentos que ya habrían sido tratados. En realidad, decretan así, materialmente la improcedencia del recurso, lo que les está vedado pues es inconcebible que un Tribunal “a quo” confirme su propio fallo. 

Nos alarman en grado sumo estas denegaciones porque concretan una forma nociva para el debido proceso, de abolir toda revisión del pronunciamiento recurrido, cancelando así el derecho a la revisión judicial del fallo por un Juez o Tribunal Superior consagrado expresamente por el art. 8ª ap. “h” de la Convención Americana de Derechos Humanos. 

En referencia a los peritos, el CPP autoriza a los Fiscales a designar peritos, pero en su art. 304 establece que dichas designaciones deberán recaer en los integrantes del Cuerpo Pericial del Superior Tribunal y en el 308 siguiente dispone que los peritos deberán designarse entre los que tengan el carácter de peritos oficiales. 

Sin embargo, con absoluta naturalidad, algunos fiscales y jueces eluden dar cumplimiento a esta exigencia fundamental para afirmar la idoneidad e incumbencia del perito y, por lo tanto, deciden nombrar técnicos informantes, empleados y dependientes del MPF, cuyas aportaciones les permiten llevar la causa a juicio. 

Y por último preocupa las valoraciones y manifestaciones de ex funcionarios judiciales quienes ignoran la ley y bajo la apariencia de la ciencia jurídica –cuando en realidad lo manifestado es una exclamación política- exponen el sensacionalismo punitivo y un derecho procesal penal condicionado por los criterios de la opinión pública. Justamente, la ley es la ley y es ajena a los pareceres de la opinión pública. Pero mucho más preocupa su docencia universitaria alejada de los valores insertos en nuestro plexo normativo.

Es dable destacar que la República Argentina a suscripto Tratados Internacionales y esas consideraciones plasmadas en sentencias exponen a Entre Ríos y Argentina a responder ante Tribunales Internacionales. 

Para concluir, desde nuestro instituto reclamamos a las organizaciones judiciales en las distintas instancias y a los operadores, que asuman de manera activa y positiva la aplicación concreta y efectiva de la ley y no, el sensacionalismo de la opinión pública”.

Los cursos de Mediación del CAER tendrá validez nacional

Los cursos de Mediación del CAER tendrá validez nacional

El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos será Entidad Formadora (no universitaria) en cursos de mediación y resolución de conflictos a nivel nacional. Así lo definió la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos, del Ministerio de Justicia de la Nación.

 

“La Entidad Formadora del artículo 1° (Colegio de la Abogacía de Entre Ríos – Registro Núm.70) queda habilitada para el dictado en modalidad presencial de cursos, debidamente homologados, de los niveles de formación que surgen del artículo 1° del Anexo II a la Resolución ex M. J. y D.H. N° 517/14 y su modificatoria”, asegura la resolución oficial.

 

Esta nueva resolución le permite al CAER realizar cursos en todo el territorio nacional. Cabe destacar, que mantener la matrícula vigente de Mediador se deben realizar una actualización de 20 horas anuales,

 

El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos agradece todas las gestiones realizadas por el doctor Abel De Bueno, matriculado de nuestra institución que trabajó arduamente en este objetivo.

El CAER se juntó con la Asociación de la Magistratura

El CAER se juntó con la Asociación de la Magistratura

Autoridades del CAER se reunieron con sus pares de la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos para dialogar en relación al funcionamiento del Consejo de la Magistratura, con proyectos de reglamentos y soluciones a distintos temas. Además se dialogó en relación a la posibilidad de elaborar un código de ética en común.

 

Participaron del encuentro la presidenta del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, María Marta Simón, la vicepresidenta segunda del CAER, Andrea Saxer y Alberto Sampayo, consejero del Consejo de la Magistratura por el estamento de la abogacía junto a Saxer. Por los magistrados, estuvieron presentes Alejandro Cánepa (presidente), Gaspar Reca Ríos (Secretario), la vocal María Andrea Morales y la secretaria de Actas Noemí Balhorst.

Reunión de trabajo con el Superior Tribunal de Justicia

Reunión de trabajo con el Superior Tribunal de Justicia

Autoridades del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos se reunieron con la conducción del Superior Tribunal de Justicia para abordar distintos temas relacionados con la tarea cotidiana del ejercicio de la abogacía.

 

Estuvieron presentes la presidenta del CAER, María Marta Simón; el vicepresidente 1°, Santiago Esquivel; la vicepresidenta 2º, Andrea Saxer y la tesorera, María Pía Delaloye, el presidente del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER), Leonardo Portela, la vicepresidenta, Laura Soage y la vocal Gisela Schumacher.

 

Entre los temas propuestos por los representantes del abogacía entrerriana se destacaron el funcionamiento de la Mesa Virtual, de los registros civiles y de la Propiedad, la actualización del MED para mediadores, el funcionamiento de los juzgados y la implementación de capacitaciones en forma conjunta.

 

El encuentro, realizado esta mañana en el Salón de Acuerdos, sirvió como presentación formal de las nuevas autoridades del STJER. En la ocasión se coincidió en fortalecer los vínculos institucionales y trabajar en forma mancomunada para lograr una mejor prestación del servicio de justicia.