Se aprobó la Ley de Honorarios

Se aprobó la Ley de Honorarios

La Cámara de Diputados de la provincia le dio sanción definitiva a la reforma de la ley 7046 que regula los honorarios profesionales de abogados, abogadas y procuradores. El proyecto fue impulsado por el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos. “Es un logro de la abogacía unida y de las distintas secciones”, remarcaron desde la conducción del CAER.

El proyecto plantea mecanismos de actualización de los montos de honorarios acordes a estos tiempos. Según algunos artículos de la ley, “los honorarios que se establezcan por la actividad profesional de los abogados tienen carácter alimentario. Los honorarios son embargables hasta el veinte por ciento (20%) del monto neto a percibir. En caso de que los honorarios no superen el salario mínimo, vital y móvil son inembargables.
Establecer que la Unidad Arancelaria “JURISTA”, es equivalente al uno y medio por ciento (1,5%) de la sumatoria de los ítems “Asignación Básica” y “Compensación Jerárquica”, o las que en el futuro las reemplacen, que integran el sueldo básico de un Juez/a de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Entre Ríos, y debiendo guardar siempre la misma relación a los fines de la aplicación de la presente ley”.
Además, se puede destacar que, “El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos deberá informar al Colegio de la Abogacía de Entre Ríos cada vez que se modifique tal asignación para establecer el valor del jurista.
Los honorarios regulados judicialmente deberán abonarse dentro de los diez (10) días de quedar firme los autos regulatorios. Los honorarios por trabajos extrajudiciales y los convenidos por escrito, cuando sean exigibles, se abonarán dentro de los diez (10) días de requerido su pago en forma fehaciente”, asegura el texto aprobado.

La Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos quiere intervenir en Amparo contra el CAER

En la Acción de Amparo iniciada por el doctor Pablo Vírgala contra el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, la cual fue rechazada en primera instancia, la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos, a través de su presidente Alejandro Cánepa, ha solicitado participar en la causa como AMICUS CURIAE, alegando que “existe un hecho único y continuado que provoca una lesión a un grupo acotado de asociados a la entidad y por lo tanto se puede identificar una causa fáctica homogénea de interés” para dicha entidad que agrupa a los Jueces/as y Funcionarios/as Judiciales.

Impugnaciones candidaturas a la Corte Suprema

Impugnaciones candidaturas a la Corte Suprema

El pasado 26 de abril se llevó a cabo la Junta de Gobierno de FACA (Federación Argentina de Colegios de Abogados) del cual el CAER es miembro. Allí se resolvió por unanimidad impugnar las candidaturas de los doctores Ariel Lijo y Manuel Garcia Mansilla para cubrir las vacantes como Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación por incumplir ambas candidaturas las obligaciones internacionales contraídas por el estado argentino en materia de igualdad real de oportunidades de las mujeres y por no adecuarse a los requisitos de integridad moral e idoneidad técnica que el cargo demanda.