“La nueva ley abre grandes desafíos hacia el futuro”, sostuvo Canavesio

“La nueva ley abre grandes desafíos hacia el futuro”, sostuvo Canavesio

El gobierno provincial publicó hoy en el Boletín Oficial la Ley de la Abogacía Entrerriana. El presidente del ahora Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, Alejandro Canavesio aseguró que “la ley es fruto de una gestión que consolidó la unidad, la pluralidad, el federalismo y la participación” dentro de la institución.

 

Se publicó hoy en el Boletín Oficial de la provincia la ley sancionada por la legislatura entrerriana el año pasado que regula el funcionamiento de la colegiación para la abogacía entrerriana, asegura la integración de las minorías y la paridad de género en todos los órganos de gobierno institucionales.

“El logro de contar con esta nueva normativa ha sido un gran esfuerzo colectivo y a quienes nos tocó liderarlo, debemos agradecer la participación y el compromiso de toda la matrícula. Ser inclusivos es una obligación de época, pero esta ley va más allá porque suma la integración real de género, órganos de gobierno más modernos y una verdadera integración de las minorías”, aseguró el presidente del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, el doctor Alejandro Canavesio.

A su vez, las autoridades del CAER aseguraron que en los próximos días convocarán oficialmente a elecciones para conducir la institución en los próximos años, con los parámetros de la nueva legislación vigente.

“Cerraremos una gestión que marcó los nuevos tiempos del Colegio, logramos la Ley de Licencias para abogadas y abogados, esta ley de la Abogacía y lideramos todos los reclamos por los honorarios profesionales y por un real acceso al servicio de justicia durante la pandemia. Hacemos un balance positivo, seguiremos trabajando para consolidar lo logrado hasta el momento y proyectando una mejor institución hacia el futuro”, finalizó Canavesio.

 

Sobre la Ley

Sancionada el 25 de Noviembre por el Senado de la provincia, el proyecto venía con media sanción de la Cámara de Diputados. El nuevo texto, presentado por el entonces Colegio de Abogados el gobernador Bordet en agosto de 2018, reemplaza una normativa del año 1.956.

Establece un nuevo nombre a la institución, y modificaciones en los órganos de la colegiación, el Consejo Directivo, asambleas, juntas de Delegados, Tribunal de Ética Profesional y las Secciones.

El CAER ratifica la plena vigencia de la ley de Juicio por Jurados

La institución que nuclea a los matriculados provinciales expresó su preocupación ante la Instrucción General 02/2020 del Ministerio Público Fiscal que objeta algunos artículos de la ley de Juicio por Jurados, sancionada por la legislatura provincial.

El Colegio de Abogacía de Entre Ríos, se ve en la necesidad de reiterar la importancia institucional para la Provincia de Entre Ríos, el Poder Judicial y sus operadores, como para la sociedad toda de la sanción de la Ley de Juicios por Jurados en nuestra provincia.

En tal sentido, como impulsores de pre proyectos y conspicuos participantes del proceso de sanción de la ley que nos rige en la actualidad, bregamos por la plena vigencia de la norma que fue oportunamente ampliamente debatida en encuentros provinciales, foros y en ambas cámaras de la Legislatura.

Que como bien lo expresamos en su momento, el texto legal contiene los resortes necesarios para garantizar la tutela judicial efectiva tanto a la víctima como a quien debe ser juzgado, garantizando de esta forma todos los derechos de raigambre constitucional y de pactos internacionales incorporados por la Constitución Nacional y leyes de nuestro país.

Que como institución colegial pionera en la provincia en proponer la implementación del juicio por jurado, rechazamos cualquier intento directo o soslayado de planteos de inconstitucionalidad de la norma, o limitaciones a distintos tipos delictivos que por la pena que les corresponde están comprendidos en el texto legal y procederemos en derecho dentro de las facultades que poseemos a  su defensa, porque estamos convencidos y comprometidos a que la democratización del proceso penal con la participación directa de la ciudadanía jerarquizan nuestra sociedad y colocan a nuestro sistema judicial como adelantados en el país, cumpliendo así con la manda constitucional vigente, la que era contenida desde 1.853.

Nueva ley: el CAER se llamará Colegio de la Abogacía de Entre Ríos

Nueva ley: el CAER se llamará Colegio de la Abogacía de Entre Ríos

El senado provincial sancionó ayer, sobre tablas, el proyecto de ley que regula la matrícula de la abogacía entrerriana. La normativa incluye la participación de las minorías, paridad de género con alternancia y también, la actividad de procuración.

“Como conducción estamos más que contentos de ser protagonistas de este hecho histórico. Trabajamos mucho, con un montón de colegas de la provincia, para elaborar y aportar, en ambas cámaras legislativas, distintas cuestiones que enriquecieron el proyecto, siempre con un espíritu de pluralidad de ideas”, aseguró Alejandro Canavesio, presidente del Colegio de Abogados,

“En este momento, siento la necesidad de agradecer a todos los colegas que con su participación activa pusieron mucho más que un granito de arena. Tenemos un gran desafío por delante, para lograr consensos y para aplicar todas las nuevas figuras y disposiciones que incluye la nueva normativa”, agregó el presidente del CAER.

Antecedentes

Cabe destacar que el actual funcionamiento del Colegio de Abogados de Entre Ríos está regido por el Decreto Ley 4.109, del año 1956. “En 64 años, han cambiado muchas cosas. De ser sólo 150 o 200 abogados en la provincia pasamos a ser miles. Pero lo que han cambiado son los valores que rigen el funcionamiento de nuestra institución gremial: la unidad provincial, la independencia, el federalismo y la democracia interna”, aportó Canavesio.

El proyecto fue presentado por el Consejo Directivo del CAER al gobernador en agosto del 2018. En 2019, la ministra de Gobierno y Justicia, Rosario Romero confirmó la presentación del anteproyecto en la Legislatura por parte del Poder Ejecutivo provincial. 

Para la confección del texto se tuvieron en cuenta leyes provinciales que regulan la actividad en distintas provincias argentinas, legislación extranjera como la de Brasil o España y también el texto de la Constitución Provincial del 2008 que incluye un artículo sobre los colegios profesionales.

Además, se tuvo en cuenta la opinión de distintos colegas que expresaron la necesidad de reformar el decreto ley 4.109 en distintas ediciones del “Congreso Provincial de Derecho” realizados entre los años 2015 y 2018.

Principales reformas

La presente ley cambia el nombre del Colegio de Abogados por el de “Colegio de la Abogacía de Entre Ríos”. Abogacía refiere a la actividad, tanto profesión como ejercicio, y al conjunto de abogadas y abogados. Además, unifica las dos profesiones jurídicas con actuación ante el poder judicial, esto es la abogacía y la procuración,  derogándose las leyes 4.109 y 5.079.

En el Título Preliminar se establecen declaraciones y principios referidos a la profesión como “indispensables para la administración de Justicia en el Estado Constitucional de Derecho” e “inviolable” (art. 1).   En el art. 2 se tratan los principios rectores del ejercicio profesional. En el art. 3° se establece que el Colegio es una persona jurídica pública, su ámbito es provincial (art. 4) y abarca a todos los profesionales de la abogacía y la procuración que ya se hayan inscriptos en sus respectivos colegios.

Además, se incorporan otras normas que funcionan como garantía del principio de inviolabilidad del ejercicio profesional. Establece cinco órganos de gobierno: Consejo Directivo, las Asambleas, las Secciones y el Tribunal de Ética Profesional (nueva denominación) se agrega la “Junta de Delegados”. En el Consejo Directivo, secciones y Junta de Delegados se establece la representación de las minorías que obtenga más del 20% de los votos, la paridad de género con alternancia.

Día de la Soberanía Nacional

Día de la Soberanía Nacional

Por Miguel Ángel Martínez. Vocal Suplente del Consejo Directivo del Colegio de Abogados de Entre Ríos.

“Ya sabía la acción de Obligado; ¡qué iniquidad! De todos modos los interventores habrán visto por este échantillón que los argentinos no son empanadas que se comen sin más trabajo que abrir la boca…” General Don José de San Martín, 10 de mayo de 1846.

Corría el año 1845, Gran Bretaña y Francia las grandes potencias europeas, navegando a su antojo el Río Paraná, pretendían obligar a la Argentina a reconocer sus ríos interiores como no sujetos a su soberanía y permitirles comerciar libremente a través de ese río.
Con el solo argumento de su prepotencia colonial se plantaron aquel 20 de noviembre en aguas del río Paraná, sobre su margen derecha, en el norte de la Provincia de Buenos Aires, en un recodo donde el cauce se angosta y gira, conocido como Vuelta de Obligado.
Ante este atropello a su Soberanía Nacional miles de argentinos se convocaron para defenderla aún cuando en la empresa les fuera la vida.
A 175 años de esta gesta gloriosa librada en defensa del honor de la Patria, me permito esta licencia con el solo propósito de homenajearla a través de la figura de un gran entrerriano, el gaucho Antonio Rivero, nacido a principios del siglo XIX, en Concepción del Uruguay, convocando además a los argentinos a cumplir el deber patriótico de honrarla y reclamar a sus dirigentes el compromiso de preferir primero la Patria, luego los compromisos de Partido y por último las conveniencias personales.

LA TARDE GLORIOSA DEL 20 DE NOVIEMBRE DE 1845
¡Los gringos, se vienen los gringos! El galope del caballo y los gritos del jinete rompiendo el silencio del amanecer de aquel 20 de noviembre de 1845, levanta al campamento. Enseguida, hombres y corceles se ordenan alrededor del General Mansilla que blandiendo el sable pide luchar por la Patria aunque ello los lleve al más sublime de los sacrificios cual es el de morir por ella. Suenan las estrofas del Himno Nacional y el juramento de morir con gloria estalla en las gargantas de aquellos valientes. Enseguida cada uno corre a enfrentar su destino, ¡que sea lo que Dios quiera!, se dicen, ¡nadie se echara atrás!
…..Agazapado entre los arbustos, cerquita de los amarraderos de las cadenas que cruzan el Paraná, espera con los suyos la orden del Capitán…. No hay fusiles solo algún trabuco, sables y alguna chuza enmohecida ¡pero eso qué puede importar!, se dice el gaucho Rivero que bien sabe que no hay cuero que aguante el filo de su facón.
¡Al ataque, a matar a los gringos!, estalla la orden y en tropel aquellos valientes se empujan para ser el primero en escarmentar al intruso y en la atropellada estaba Antonio Rivero el gaucho entrerriano que supo de otros cruces no menos bravíos y con el mismo enemigo.
El poncho rojo punzó que revolea en el aire y el tremendo facón que destella reflejos del sol de la tarde, le abren paso para mezclarse en el torbellino mortal del combate. De pronto una chaqueta colorada se le para adelante y el tiro del fusil le pasa cerca, enseguida el inglés le lanza un puntazo con su bayoneta que el facón desvía. Pero nadie puede con su destino y el final del valiente estaba escrito aquella tarde, gloriosa tarde del 20 de noviembre de 1845. Un inglés lo acomete por la espalda hiriéndolo, el gaucho se da vuelta y lo despena con un solo tajo de su facón. Eso es todo, cuando se vuelve es para encontrarse con la bayoneta enemiga que le atraviesa el pecho y lo clava contra el tronco seco de un viejo árbol, pero de nuevo su facón bebe sangre inglesa aquella tarde, gloriosa tarde del 20 de noviembre de 1845…..
Antonio Rivero soltó la maraña de pelos rubios manchada con su propia sangre y el cuerpo del gringo se fue deslizando despacito hasta caer rendido junto a sus pies, no tuvo fuerzas para arrancarse la bayoneta que seguía atravesando su cuerpo hasta incrustarse firmemente en el tronco seco de un árbol. Imaginó a Jesús clavado en el madero muriendo para redimir los pecados del hombre y el pensamiento dibujó una extraña expresión en su cara, ¡pucha digo compararme con el Santo, justo yo un pecador y de los piores!.
Siguió como podía tratando de soltarse, pero nada. De pronto sintió que el tronco se movía lentamente hasta caer al río y meciéndose con la corriente se fue río abajo…el tronco y el hombre que moría.
El calor del sol le daba abrigo y calmaba el dolor del cuerpo herido. Lamentó el descuido que le dio al inglés la oportunidad para ensartarlo…. ¡ese gringo no me hubiera durado un suspiro, murmuró, si me bastó apenas un manotazo para agarrarlo de las crines, degollarlo y sostenerlo junto a mi cuerpo para evitar caer con él al piso, pues se dijo, ¡nunca me pondré de rodillas!, ¡solo ante Dios!, ¡pero nunca frente al enemigo!.
Demasiada gente había visto morir en su vida para saber cuál era su destino. Es el fin se dijo, lamentando no haberse llevado algún otro ingles al infierno, ¡la pucha si recién me estaba calentando!. Pero estaba el río se conformó, su querido río que lo mecía suavemente en una extraña travesía, sin tiempo y con un solo rumbo que de conocerlo calmaría su alma y lo llenaría de alegría.
Ya no escuchaba la voz ronca del cañón, ni los gritos de ¡muera!…..¡viva!, ni las voces de mando!, tampoco los ayes de los herido!, solo el río y sus murmullos, el canto de los pájaros y el roce del viento al doblar los sauces para acariciar el río.
De pronto el silencio, extraño silencio lleno de armonías. Ya no había ni bayoneta en su pecho, ni sangre de heridas… ¡ni siquiera heridas!, solo el río, el querido río y también Concepción del Uruguay, su cuna, la que baña el río.
Y Antonio Rivero, el bravo entrerriano que por defender la Patria ofrendó su vida, se hizo inmortal esa tarde, la tarde gloriosa del 20 de noviembre de 1845 cuando el sol se apagaba y el día moría.

Semana de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes

Semana de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes

La Semana de los Derechos es una iniciativa provincial que se realiza desde 2017 con el objetivo de visibilizar las acciones que cotidianamente llevan adelante las distintas áreas del Poder Ejecutivo provincial para la atención, promoción y restitución de derechos de la niñez y adolescencia, a fin de garantizar el pleno ejercicio de los mismos.
Este año cobra especial relevancia la celebración de los 15 años de la promulgación de la Ley Nacional Nº26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Esta norma instauró en el país un nuevo tiempo en el reconocimiento y ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, poniéndolos en el centro de las acciones del Estado, construyendo los pilares para la conformación del Sistema de Protección Integral de Derechos a nivel local, y promoviendo un anclaje real de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Uno de los pilares centrales de esta edición es sensibilizar respecto de la vigencia de la Convención sobre los Derechos del Niño, la importancia de garantizar su cumplimiento a través del diseño e implementación de políticas públicas tendientes al resguardo de los derechos constitucionales reconocidos a la infancia; y a la vez, promover la visibilización y sensibilización ante vulneraciones graves de derechos.
Las fechas significativas son el 19 de noviembre, cuando se conmemora el Día Mundial para la Prevención del Abuso Sexual Infantil; y el 20 de noviembre, fecha en que se celebran los 31 años de la declaración de la Convención Internacional de los Derechos del Niño.
Fuente: Instituto de Niñez y Adolescencia del CAER.