El CAER rechaza el tractorazo de productores en Chajarí

El CAER rechaza el tractorazo de productores en Chajarí

El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos repudia al “tractorazo” realizado el pasado lunes, en las oficinas de la Delegación Chajarí de la Dirección Departamental del Trabajo, por la Asociación de Citricultores, el Centro de Actividades Económicas de Chajarí, y representantes auto convocados de sectores de la producción e industria.

La premisa que movilizó la marcha fue la existencia de la llamada “industria del juicio”, epíteto reiterado en forma sistemática por quienes incumplen con las leyes que rigen el contrato de trabajo, desinteresándose de la dimensión absurda de sus afirmaciones.

La violenta movilización representa un curso de acción intolerable en el marco institucional de un Estado de Derecho. Constituye una indisimulada amenaza a los trabajadores y trabajadoras, a la abogacía laboralista y, por extensión, a la profesión toda. Y su expresa intención es obstruir cualquier tipo de reclamo que los trabajadores y trabajadoras tengan derecho a realizar por el fundado temor de quedarse sin trabajo o, directamente, ser violentados en su integridad psicofísica.

Vale destacar que el día 3 de mayo de 2023, y convocados por quienes llevaron adelante los actos de amedrentamiento, concurrimos institucionalmente a dialogar, exponiendo las razones jurídicas de todo cuanto nos fue preguntado. No hay diálogo posible cuando, unilateralmente, se abdica de la razón y se utiliza la fuerza.

En esta oportunidad, las amenazas se extendieron, además, a los operadores del servicio de justicia quienes fueron atacados mediante manifestaciones injuriosas. Por ello, instamos a las asociaciones representativas de Magistrados y Funcionarios a acompañar nuestra posición.

Por ello el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos reitera el apoyo incondicionado a los profesionales de la abogacía, bregando por su libre ejercicio, y requiere a las autoridades provinciales que se garantice el ejercicio de la abogacía, ya que sin abogacía no hay justicia.

El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos repudia la violencia a la cual se vieron expuestos los colegas que se desempeñan en la Delegación Federación de la Dirección Provincial del Trabajo y manifiesta su apoyo y solidaridad con los trabajadores de dicha dependencia, que se vieron violentados por el proceder de quienes lideraron la protesta.

Además, el CAER ratifica su defensa continua a los trabajadores y trabajadoras. Este Colegio recuerda que la evolución progresiva de la tutela efectiva del trabajador incluye todos y cada uno de los aspectos del contrato de trabajo, entre ellos la protección de la dignidad de la persona humana y que el Estado Argentino ha asumido la obligación de adoptar las medidas necesarias para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos económicos y sociales.

El trabajo registrado es una obligación. Los abogados no sancionamos las leyes, solo somos el vehículo que tienen las víctimas y los damnificados para hacerlo valer ante la Justicia.

Mediadores realizaron gestiones ante autoridades del STJ

Mediadores realizaron gestiones ante autoridades del STJ

Representantes del Colegio de la Abogacía se reunieron con la titular del Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos del Superior Tribunal de Justicia. Las doctoras Rosa Warlet, Mariana Varela y Gabriela Fernandez Mántaras y el doctor Diego Andrián se reunieron con la titular del Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos (CMARC) del STJ, doctora Ana Bracco a fin de iniciar una mesa de diálogo respecto de distintas cuestiones que preocupan a los abogados y abogados mediadores.

En el encuentro, de más de una hora, surgieron temas de abordaje inmediato que requieren de análisis y estudio a fin de implementar en una futura reforma: a modo de ejemplo: simplificación de la rendición de las mediaciones, precisión sobre los requisitos para la habilitación de espacios de mediación, notificaciones, entre otros temas.

En el diálogo con la doctora Bracco surgió la necesidad de mantener una estadística actualizada , inquietud que fue compartida , tanto por los representantes del Colegio de la Abogacía como por los miembros del Instituto de Medios Alternativos de Conflictos del CAER.

La mediación fue la primera respuesta que se dio a los justiciables durante la pandemia, no obstante ello, la falta de rendición de las mediaciones, impide destacar y visualizar el enorme esfuerzo que los mediadores prejudiciales de la provincia de Entre Ríos han realizado. Para que resulte más ágil esta tarea, desde el CMARC se manifestó que se evaluará la manera de flexibilizar los requisitos a tal fin.

Las inquietudes de ambas partes fueron analizadas durante la reunión y las conclusiones serán gestionadas a fin de continuar mejorando el sistema de mediación prejudicial que tan buenos resultados ha dado desde hace ya 15 años de su implementación

Enrique Martínez integrará el Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público de la Defensa de la Nación

Enrique Martínez integrará el Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público de la Defensa de la Nación

La Defensora General de la Nación, doctora Stella Maris Martínez, tomó juramento a dos integrantes del Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público de la Defensa (MPD). El Dr. Nicolás Alberto Demitriou juró en calidad de vocal titular y el Dr. Enrique Marciano Martínez lo hizo como vocal suplente.

 

Ambos abogados fueron designados por la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), en los términos del artículo 58 inciso b) de la Ley N°27.149, y juraron desempeñar el cargo bien y legalmente conforme la Constitución Nacional y las leyes de la República.

 

Previo a la toma del juramento, la Defensora General agradeció a la FACA por las designaciones y destacó la importancia que tiene para el organismo la integración del Tribunal de Enjuiciamiento. “Los Dres. Demitriou y Martínez cuentan con vastos currículum y una suficiente formación para desarrollar esta tarea de enorme responsabilidad”, indicó.

 

El acto se realizó de manera virtual y contó con la presencia de los secretarios generales de Coordinación, Dr. Patricio Giardelli; de Política Institucional, Dr. Javier Lancestremere; y de Superintendencia y Recursos Humanos, Dr. Santiago Roca; además de magistrados/as, funcionarios/as y personal del MPD.

 

También participaron del acto el presidente del Tribunal de Enjuiciamiento del MPD, Dr. Santiago Finn; y las vocales Dra. Andrea Duranti y Dra. María Gabriela Van Marrewijk. Por parte de la Secretaría Permanente ante dicho Tribunal, estuvo presente su titular, Dra. Fernanda Alberdi, y sus colaboradores.

El Colegio de la Abogacía pidió impugnar la Circular 22/23 de ANSES

El Colegio de la Abogacía pidió impugnar la Circular 22/23 de ANSES

El Colegio de la Abogacía solicitó formalmente a las sedes de las Unidades de Atención Integral (UDAI) de ANSES en Entre Ríos impugnar la Circular 22/23 dictada por la Administración Nacional de la Seguridad Social, operativa a partir del 8 de mayo.

Según entiende el presidente del CAER, Alejandro Canavesio, la norma al requerir la firma en los formularios por parte de la persona solicitante en el momento de la atención en cada UDAI: 

 

1- limita y dificulta el libre ejercicio de la abogacía, vulnerando la Ley 17.040 y demás normas vigentes relativas al mandato; 

2- Desconoce la función fedataria de Escribanos y de las oficinas certificadoras provinciales (Poder Judicial entre otras), sustrayendo valor legal a los formularios que la persona solicitante pudiere haber suscripto. 

3- La Constitución Nacional en su Art. 7 obliga a que el Estado Nacional y todas las Provincias deben admitir la validez de las certificaciones emitidas por cualquiera de los Estados ya que dan entera fe. No puede una oficina administrativa de bajísimo rango de un organismo nacional decidir que solamente admitirá como certificaciones las que realice ella, negándole valor a los entes provinciales y a los notarios, contrariando el Código Civil y las normas generales sobre la validez de los actos y documentos. 

4- Todo ello sumado a las innumerables restricciones que ANSES establece para la operatividad de los poderes y ejercicio de los mandatos. 

5- Que esto es especialmente grave respecto al trámite previsional relacionado con la Ley 27.705. 

6- La decisión perjudica a la ciudadanía, en especial el colectivo de los más desprotegidos -nuestros Adultos Mayores-, que ven cercenado su derecho a la libre elección de un profesional, obligándoselos a trasladarse físicamente a las Unidades de Atención Integral, exacerbando aún más el estado de vulnerabilidad de los mismos. Ello, paradójicamente pone a ANSES en clara violación de la preferencia constitucional que el inciso 23 del Art. 75 exige para ancianos y discapacitados. 

 

Por estos motivos, la entidad solicita se deje sin efecto la misma admitiendo la validez de las certificaciones notariales o de autoridades públicas provinciales en los formularios y documentos necesarios para la tramitación de beneficios. El próximo paso será un amparo judicial, teniendo en cuenta la dudosa calificación de las Circulares ANSES como actos administrativos.