Nueva ley: el CAER se llamará Colegio de la Abogacía de Entre Ríos

Nueva ley: el CAER se llamará Colegio de la Abogacía de Entre Ríos

El senado provincial sancionó ayer, sobre tablas, el proyecto de ley que regula la matrícula de la abogacía entrerriana. La normativa incluye la participación de las minorías, paridad de género con alternancia y también, la actividad de procuración.

“Como conducción estamos más que contentos de ser protagonistas de este hecho histórico. Trabajamos mucho, con un montón de colegas de la provincia, para elaborar y aportar, en ambas cámaras legislativas, distintas cuestiones que enriquecieron el proyecto, siempre con un espíritu de pluralidad de ideas”, aseguró Alejandro Canavesio, presidente del Colegio de Abogados,

“En este momento, siento la necesidad de agradecer a todos los colegas que con su participación activa pusieron mucho más que un granito de arena. Tenemos un gran desafío por delante, para lograr consensos y para aplicar todas las nuevas figuras y disposiciones que incluye la nueva normativa”, agregó el presidente del CAER.

Antecedentes

Cabe destacar que el actual funcionamiento del Colegio de Abogados de Entre Ríos está regido por el Decreto Ley 4.109, del año 1956. “En 64 años, han cambiado muchas cosas. De ser sólo 150 o 200 abogados en la provincia pasamos a ser miles. Pero lo que han cambiado son los valores que rigen el funcionamiento de nuestra institución gremial: la unidad provincial, la independencia, el federalismo y la democracia interna”, aportó Canavesio.

El proyecto fue presentado por el Consejo Directivo del CAER al gobernador en agosto del 2018. En 2019, la ministra de Gobierno y Justicia, Rosario Romero confirmó la presentación del anteproyecto en la Legislatura por parte del Poder Ejecutivo provincial. 

Para la confección del texto se tuvieron en cuenta leyes provinciales que regulan la actividad en distintas provincias argentinas, legislación extranjera como la de Brasil o España y también el texto de la Constitución Provincial del 2008 que incluye un artículo sobre los colegios profesionales.

Además, se tuvo en cuenta la opinión de distintos colegas que expresaron la necesidad de reformar el decreto ley 4.109 en distintas ediciones del “Congreso Provincial de Derecho” realizados entre los años 2015 y 2018.

Principales reformas

La presente ley cambia el nombre del Colegio de Abogados por el de “Colegio de la Abogacía de Entre Ríos”. Abogacía refiere a la actividad, tanto profesión como ejercicio, y al conjunto de abogadas y abogados. Además, unifica las dos profesiones jurídicas con actuación ante el poder judicial, esto es la abogacía y la procuración,  derogándose las leyes 4.109 y 5.079.

En el Título Preliminar se establecen declaraciones y principios referidos a la profesión como “indispensables para la administración de Justicia en el Estado Constitucional de Derecho” e “inviolable” (art. 1).   En el art. 2 se tratan los principios rectores del ejercicio profesional. En el art. 3° se establece que el Colegio es una persona jurídica pública, su ámbito es provincial (art. 4) y abarca a todos los profesionales de la abogacía y la procuración que ya se hayan inscriptos en sus respectivos colegios.

Además, se incorporan otras normas que funcionan como garantía del principio de inviolabilidad del ejercicio profesional. Establece cinco órganos de gobierno: Consejo Directivo, las Asambleas, las Secciones y el Tribunal de Ética Profesional (nueva denominación) se agrega la “Junta de Delegados”. En el Consejo Directivo, secciones y Junta de Delegados se establece la representación de las minorías que obtenga más del 20% de los votos, la paridad de género con alternancia.

Día de la Soberanía Nacional

Día de la Soberanía Nacional

Por Miguel Ángel Martínez. Vocal Suplente del Consejo Directivo del Colegio de Abogados de Entre Ríos.

“Ya sabía la acción de Obligado; ¡qué iniquidad! De todos modos los interventores habrán visto por este échantillón que los argentinos no son empanadas que se comen sin más trabajo que abrir la boca…” General Don José de San Martín, 10 de mayo de 1846.

Corría el año 1845, Gran Bretaña y Francia las grandes potencias europeas, navegando a su antojo el Río Paraná, pretendían obligar a la Argentina a reconocer sus ríos interiores como no sujetos a su soberanía y permitirles comerciar libremente a través de ese río.
Con el solo argumento de su prepotencia colonial se plantaron aquel 20 de noviembre en aguas del río Paraná, sobre su margen derecha, en el norte de la Provincia de Buenos Aires, en un recodo donde el cauce se angosta y gira, conocido como Vuelta de Obligado.
Ante este atropello a su Soberanía Nacional miles de argentinos se convocaron para defenderla aún cuando en la empresa les fuera la vida.
A 175 años de esta gesta gloriosa librada en defensa del honor de la Patria, me permito esta licencia con el solo propósito de homenajearla a través de la figura de un gran entrerriano, el gaucho Antonio Rivero, nacido a principios del siglo XIX, en Concepción del Uruguay, convocando además a los argentinos a cumplir el deber patriótico de honrarla y reclamar a sus dirigentes el compromiso de preferir primero la Patria, luego los compromisos de Partido y por último las conveniencias personales.

LA TARDE GLORIOSA DEL 20 DE NOVIEMBRE DE 1845
¡Los gringos, se vienen los gringos! El galope del caballo y los gritos del jinete rompiendo el silencio del amanecer de aquel 20 de noviembre de 1845, levanta al campamento. Enseguida, hombres y corceles se ordenan alrededor del General Mansilla que blandiendo el sable pide luchar por la Patria aunque ello los lleve al más sublime de los sacrificios cual es el de morir por ella. Suenan las estrofas del Himno Nacional y el juramento de morir con gloria estalla en las gargantas de aquellos valientes. Enseguida cada uno corre a enfrentar su destino, ¡que sea lo que Dios quiera!, se dicen, ¡nadie se echara atrás!
…..Agazapado entre los arbustos, cerquita de los amarraderos de las cadenas que cruzan el Paraná, espera con los suyos la orden del Capitán…. No hay fusiles solo algún trabuco, sables y alguna chuza enmohecida ¡pero eso qué puede importar!, se dice el gaucho Rivero que bien sabe que no hay cuero que aguante el filo de su facón.
¡Al ataque, a matar a los gringos!, estalla la orden y en tropel aquellos valientes se empujan para ser el primero en escarmentar al intruso y en la atropellada estaba Antonio Rivero el gaucho entrerriano que supo de otros cruces no menos bravíos y con el mismo enemigo.
El poncho rojo punzó que revolea en el aire y el tremendo facón que destella reflejos del sol de la tarde, le abren paso para mezclarse en el torbellino mortal del combate. De pronto una chaqueta colorada se le para adelante y el tiro del fusil le pasa cerca, enseguida el inglés le lanza un puntazo con su bayoneta que el facón desvía. Pero nadie puede con su destino y el final del valiente estaba escrito aquella tarde, gloriosa tarde del 20 de noviembre de 1845. Un inglés lo acomete por la espalda hiriéndolo, el gaucho se da vuelta y lo despena con un solo tajo de su facón. Eso es todo, cuando se vuelve es para encontrarse con la bayoneta enemiga que le atraviesa el pecho y lo clava contra el tronco seco de un viejo árbol, pero de nuevo su facón bebe sangre inglesa aquella tarde, gloriosa tarde del 20 de noviembre de 1845…..
Antonio Rivero soltó la maraña de pelos rubios manchada con su propia sangre y el cuerpo del gringo se fue deslizando despacito hasta caer rendido junto a sus pies, no tuvo fuerzas para arrancarse la bayoneta que seguía atravesando su cuerpo hasta incrustarse firmemente en el tronco seco de un árbol. Imaginó a Jesús clavado en el madero muriendo para redimir los pecados del hombre y el pensamiento dibujó una extraña expresión en su cara, ¡pucha digo compararme con el Santo, justo yo un pecador y de los piores!.
Siguió como podía tratando de soltarse, pero nada. De pronto sintió que el tronco se movía lentamente hasta caer al río y meciéndose con la corriente se fue río abajo…el tronco y el hombre que moría.
El calor del sol le daba abrigo y calmaba el dolor del cuerpo herido. Lamentó el descuido que le dio al inglés la oportunidad para ensartarlo…. ¡ese gringo no me hubiera durado un suspiro, murmuró, si me bastó apenas un manotazo para agarrarlo de las crines, degollarlo y sostenerlo junto a mi cuerpo para evitar caer con él al piso, pues se dijo, ¡nunca me pondré de rodillas!, ¡solo ante Dios!, ¡pero nunca frente al enemigo!.
Demasiada gente había visto morir en su vida para saber cuál era su destino. Es el fin se dijo, lamentando no haberse llevado algún otro ingles al infierno, ¡la pucha si recién me estaba calentando!. Pero estaba el río se conformó, su querido río que lo mecía suavemente en una extraña travesía, sin tiempo y con un solo rumbo que de conocerlo calmaría su alma y lo llenaría de alegría.
Ya no escuchaba la voz ronca del cañón, ni los gritos de ¡muera!…..¡viva!, ni las voces de mando!, tampoco los ayes de los herido!, solo el río y sus murmullos, el canto de los pájaros y el roce del viento al doblar los sauces para acariciar el río.
De pronto el silencio, extraño silencio lleno de armonías. Ya no había ni bayoneta en su pecho, ni sangre de heridas… ¡ni siquiera heridas!, solo el río, el querido río y también Concepción del Uruguay, su cuna, la que baña el río.
Y Antonio Rivero, el bravo entrerriano que por defender la Patria ofrendó su vida, se hizo inmortal esa tarde, la tarde gloriosa del 20 de noviembre de 1845 cuando el sol se apagaba y el día moría.

FACA NOTA A LA AFIP Y DECLARACION SOBRE : R.G. 4838/2020 – Régimen de Información de Planificaciones Fiscales

SR.SRA. PRESIDENTE DEL
COLEGIO DE ABOGADOS DEPARTAMENTAL
PRESENTE
Cumplo en adjuntarle  nota remitida a la Señora Administradora Federal de Ingresos Públicos -AFIP  sobre R.G. 4838/2020 – Régimen de Información de Planificaciones Fiscales  y Declaración  de FACA  sobre el tema.
 Saludo atentamente

                                        MARCELO C.C.SCARPA
                                                SECRETARIO
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Nota AFIP

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Declaración sobre AFIP

Anexo Comunicado 16/11/2020 Dirección de Personas Jurídicas

 

Ante la llegada de algunos correos electrónicos y viendo que el contenido no se corresponde con lo que se comunicó, es necesario hacer unas aclaraciones:

– El interesado tiene que acceder al aplicativo de Turnos de nuestro organismo: https://apps.entrerios.gov.ar/gestorTurnos/index.php?entidad=31535 y solicitar un Turno, se deberá seleccionar aunque suene reiteratorio, “RETIRO DE INSCRIPCIONES”, es ese y no otro.

– Una vez otorgado y confirmado el Turno, se deberá enviar un email a los correos indicados en la comunicación anterior e indicar el o los Números de Trámite a retirar -en estos correos sólo se comunica los números de trámites de las sociedades que se encuentran inscripta – No es para pedir un turno.-

– Dentro de lo posible remitir el email con al menos 48 hs. de anticipación y no el mismo día. Como bien se explico anteriormente, se trata que quien llegue a retirar ya lo tenga disponible y sea rápida la entrega de la documentación.

– Suena reiteratorio también, pero es necesario que el trámite a retirar, tiene que estar en Mesa de Entradas listo para ser retirado.

– Y, por último, quien concurra para el retiro de Inscripciones, solo debe hacerlo a ese efecto: Retirar un Instrumento Inscripto, no a presentar documentación o consultar otros Trámites, para ese fin existen los demás turnos. El Personal de Mesa de Entradas tiene especificas instrucciones al respecto de no recibir documentación y/o facilitar Trámites para su consulta.

 


DIRECCION DE INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS

DIRECCION POSTAL: GUALEGUAYCHU Nº 912 – 3100 – PARANA – ENTRE RIOS

TELEFONOS: 0343-4207904 y 0343-4317462

INTERNOS:

11: DIVISION PERSONAL Y RR.HH.

13 y 17: Dpto. JURIDICO.

14: DIVISION DESPACHO Y CERTIFICACIONES

16: Dptos. CONTABLE y REGISTRO PUBLICO

18: DIVISION MESA DE ENTRADAS.

19: DIVISION ARCHIVO

SITIO OFICIAL y REQUISITOS:

www.entrerios.gov.ar/personasjuridicas

CONSULTA ONLINE DE TRAMITES:

http://apps.entrerios.gov.ar/ConsultaTramitesInternos

CORREO OFICIAL:

dipjentrerios@entrerios.gov.ar

DIPJ – Comunicado Institucional – Habilitación de turnos

La Dirección de Inspección de Personas Jurídicas informa que:

Se ha resuelto habilitar Turnos para Retiro de Inscripciones los días Viernes de cada semana, siempre y cuando la situación sanitaria lo permita.

Para evitar malos entendido o malas interpretaciones, y solicitando la buena fe de la persona que concurre a este turno, se deja en claro que el mismo es al solo efecto de retirar inscripciones y solamente para ese fin, de aquellos trámites que se registren en el sistema de Consulta de Trámites Online en el sector de Mesa de Entradas.

Le pedimos a quienes concurran que no comprometan al personal del organismo y respeten los tiempos asignados como, asimismo, prevean estar unos minutos antes del horario del Turno.

También, le solicitamos que remitan previamente, por correo electrónico, el o los números de Trámite para una búsqueda y atención más rápida. Los mismos deberán enviarse con el Asunto “TURNO RETIRO DE TRAMITE” a las direcciones grpaez@entrerios.gov.ar con copia a mesanero@entrerios.gov.ar

Muchas gracias por cuidarse y cuidarnos.