RESOLUCION N° 28/20
Paraná, 12 de abril de 2020
VISTO:
La modalidad de trabajo dispuesta por este Superior Tribunal de Justicia a implementar a partir del 13.04.20 y,
CONSIDERANDO:
Que, tal como se dispuso en dicho Acuerdo, los organismos trabajarán a puertas cerradas salvo para la atención de cuestiones urgentes.
Que, de acuerdo a lo que surge de reiterados dictámenes de la Médica Auditora, Dra. Valeria Moyano Rodríguez, se recomienda evitar la circulación y manipulación de papel EN LA MEDIDA DE LOS POSIBLE, tomando expresos recaudos allí donde resulte inevitable.
Que, por otra parte, a partir de los dispuesto por el DECNU-2020-355APN-PTE, y sin perjuicio de que la prestación del servicio de justicia se considere exceptuado, las pautas traídas como ANEXO IV se consideran indispensables para el funcionamiento de los organismos judiciales respetando el aislamiento en la medida de lo posible.
Que, finalmente, el uso de medios tecnológicos ha sido privilegiado en el Acuerdo pre mencionado, y estas pautas vienen a especificar aspectos indispensables para su implementación. –
Por todo lo expuesto;
SE RESUELVE:
I- APROBAR el ANEXO IV denominado “Pautas para el período inicial con suspensión de plazos y atención de urgencias”. II- CONFORMAR un comité de seguimiento en cada Jurisdicción, integrado por un representante de la magistratura, un informático y un representante del CAER por sección, los que deben reportar los inconvenientes que detecten y las conclusiones de funcionamiento a las que arriben al Superior Tribunal de Justicia. III- NOTIFICAR y hacer saber.- FDO: DR. CARBONELL – DRA. MEDINA DE RIZZO – DR. MIGUEL ANGEL GIORGIO. Ante mí: ELENA SALOMON. CONSTE.