Historia del Colegio de Abogados
El Colegio Mision
y Funciones
Son principios fundamentales de la colegiación: el gobierno de la matrícula, el ejercicio de la potestad disciplinaria sobre los miembros, las incumbencias profesionales, el régimen de previsión social de los abogados y la asistencia jurídica de las personas carentes de recursos. (Ley Nº4.109)
Así, el Colegio de Abogados asegura el libre ejercicio de la profesión y su organización en forma democrática y pluralista, ejerciendo el poder disciplinario sobre sus miembros y dictando resoluciones que son revisables judicialmente. (Art. 77º Constitución de Entre Ríos).
Objetivos
y Responsabilidades
Objetivos y responsabilidades
• Defender los derechos de los Abogados en el ejercicio de la profesión, facilitando la prestación deservicios que facilite el ejercicio de la abogacía.
• Defender activamente las incumbencias profesionales de los abogados, evitando que desde otras profesiones se incursione en el específico ámbito de ejercicio.
• Atender la consulta de las personas carentes de recursos, servicio jurídico gratuito que se efectiviza por intermedio de las Secciones.
• Propender al progreso de la legislación de la Provincia y dictaminar o colaborar en los estudios, proyectos de leyes y demás trabajos de técnica jurídica que le soliciten las autoridades.
• Representar a todos los abogados de la Provincia en sus relaciones con los poderes públicos, en cuestiones que atañen a la profesión.
• Estudio y actualización de conocimientos inherentes a cada rama jurídica, a través de los Institutos de Derecho que dependen del Consejo Directivo.
• Organizar y colaborar con la intervención de los Institutos y Secciones del Colegio, propendiendo a la activa participación de los matriculados de la Provincia, en cursos, jornadas y congresos, impulsando la realización de talleres- debate en las Secciones de acuerdo al requerimiento formulado por sus autoridades.
• Obtener la observancia de la ley de honorarios y perseguir la competencia desleal.
• Promover la gestión y formación de actividades académicas, culturales, sociales y deportivas, como complemento necesario para el desarrollo personal de sus miembros.
Consejo de la
Majistratura
Consejo de la Magistratura
De conformidad a lo dispuesto por el Art. 181º de la Constitución de la Provincia, el C.A.E.R. participa de su integración con representantes abogados matriculados- dos titulares y dos suplentes. Además aporta los Jurados Técnicos por especialidad o área jurídica, quienes actúan en los respectivos concursos de oposición y antecedentes.
Jurado de
Enjuiciamiento
Jurado de Enjuiciamiento
El Colegio integra el Jurado de enjuiciamiento, con la participación de cuatro abogados inscriptos en la matrícula y domiciliados en la Provincia, debiendo reunir los requisitos para ser miembro del Superior Tribunal de Justicia; dos integrantes son designados por organizaciones sociales en representación ciudadana debidamente reconocidas en la defensa del sistema democrático y los derechos humanos. La función de este órgano, es el juzgamiento de magistrados y funcionarios judiciales -salvo los integrantes del Superior Tribunal de Justicia- previendo la Constitución de Entre Ríos -Art. 219º- el sometimiento al régimen del Jurado de enjuiciamiento, el Fiscal de Estado, el Contador General, el Tesorero General de la Provincia, los miembros del Tribunal de Cuentas, el Director General de Escuela y Vocales del Consejo General de Educación.
