Comunicado de ATER aclarando sobre Resolución de Aumento de Alícuotas

El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos interpuso ante la Administradora Tributaria de Entre Ríos una solicitud de aclaratoria de la Resolución N° 129/26, mediante la cual se dispuso el incremento de las alícuotas, en la que se establecía la actualización de los Códigos de Actividades NAES, que fija la carga tributaria del sector "servicios jurídicos" COD NAES 691001 en el 5%. 

Mediante Nota N° 477/2026 D.I. ATER informan que no ha habido incrementos ni modificaciones en las alícuotas correspondientes al Impuesto Ejercicio de Profesiones Liberales, la que conforme lo dispuesto en Artículo 36° de la Ley Impositiva, es del 2%.

Asimismo, indican que la actividad "Servicios Jurídicos", Código 691001, establecida en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, aplicable para los contribuyentes que no cumplen los requisitos establecidos en el Impuesto al Ejercicio de las Profesiones Liberales y para Personas Jurídicas, son quienes tributan a la alícuota del 5%.

ATER sostiene que se trata de dos regímenes tributarios diferentes y que la alícuota del 5% no constituye un incremento del impuesto aplicable a los profesionales que tributan bajo el régimen especial de profesiones liberales. En consecuencia, la alícuota del Impuesto al Ejercicio de las Profesiones Liberales continúa siendo del 2%, conforme lo establece el artículo 36 de la Ley Impositiva.

El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos continuará realizando las gestiones institucionales que resulten necesarias en defensa del ejercicio profesional y de los intereses de las abogadas y los abogados entrerrianos, promoviendo un mejor servicio de justicia en la provincia de Entre Ríos.