El Colegio de Abogados de Entre Ríos a tenor de las declaraciones del Sr. Presidente del Superior Tribunal de Justicia en relación a la solicitud de revocación del Acuerdo 38/19, solicitada por este Colegio, y que dispuso inhábiles de los días 23 y 30 del corriente mes,  ha recibido con beneplácito la decisión anunciada y plasmada en el Acuerdo Especial del día 11 de diciembre.
Que indudablemente el plateo efectuado fue realizado oportunamente por nuestra Institución, sosteniendo la posición de contribuir a mejorar el servicio de justicia para los abogados, ciudadanos, empleados y funcionarios del Poder Judicial.
En este sentido es que, si bien hubiéramos preferido ser consultados con anterioridad a la toma de la decisión que se revocará, resulta importante destacar la actitud del Alto Cuerpo de modificar la misma en beneficio de todos aquellos que esperamos una respuesta en tiempo y forma de nuestro sistema judicial.

SE TRANSCRIBE TEXTO  

 

SE DEJA CONSTANCIA: Que el Superior Tribunal de Justicia, reunido en Acuerdo Especial celebrado en el día de la fecha 11 de diciembre de 2019, a raíz del planteo de reconsideración presentado al Alto Cuerpo por el Colegio de Abogados de Entre Ríos respecto de lo dispuesto por Acuerdo General Nº 38/19 del 10-12-19, informe b), acordó  por mayoría, dejar sin efecto los inhábiles judiciales dispuestos para todos los organismos del Poder Judicial de Entre Ríos para los días 23 y 30 de diciembre de 2019 y, en consecuencia, restablecer su carácter de días hábiles laborables. Asimismo dispuso notificar y hacer saber. 
SECRETARÍA, 11 de diciembre de 2019.