Comenzó la capacitación a cargo del Instituto Alberdi con 50 inscriptos. El curso es la concreción de toda la gestión que realizó el Colegio para tornar operativa esta figura tiene su basamento en el art. 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño y 27 de la ley 26061 recogidos por la Ley Procesal de Familia N° 10668.También se logró conseguir presupuesto para los honorarios y el diferimiento de los aportes a la Caja previsional.

 

El Colegio de la Abogacía solicitó en su momento la gratuidad de la actividad y aportó distintos profesionales como docentes. El curso comenzó durante los últimos días de mayo y ya se concretó el primer examen.

El curso es virtual y se titula “Profesionales de la abogacía representantes de niños, niñas y adolescentes”, con una carga horaria de 80 horas. El director es el doctor Rodolfo Jáuregui.

 

Sobre el abogado del niño

 

El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos es la autoridad de aplicación del Registro Abogado del niño, niña y adolescentes y/o tutores especiales en los términos del art.20 de la Ley 10668 y Acuerdo General N! 27/19 STJ.

Desde la sanción de la Ley 10668 -Ley procesal de Familia- el CAER ha participado por intermedio de sus Institutos de Derecho de las Familias, Derecho de Niñez y Adolescencia y Procesal Civil en un equipo de trabajo a los fines de la reglamentación del art.20 de aquélla. 

Paralelamente el Presidente Alejandro Canavesio tramitó ante el Ministerio de Gobierno una partida presupuestaria para el pago de  honorarios y ante las autoridades de la Caja Forense un pedido de diferimiento de los aportes correspondientes a tales profesionales, lo que fue concedido. 

Por Acuerdo General N° 27/19 el STJ aprobó la propuesta de Reglamentación del art.20 Ley 10668. El CAER es autoridad de aplicación por tanto se creó por Resolución N° 27317 el Registro Abogado del niño, niña y adolescente y/o tutores especiales.

Paralelamente, el presidente Alejandro Canavesio tramitó ante el Ministerio de Gobierno una partida presupuestaria para el pago de  honorarios y ante las autoridades de la Caja Forense un pedido de diferimiento de los aportes correspondientes a tales profesionales, lo que fue concedido.