Hoy conmemoramos la creación de nuestro Colegio a través del entonces Decreto-Ley N° 4.109 dictado el 10 de mayo de 1.956.-
Durante la primera mitad del siglo XX, los profesionales de la abogacía entrerriana buscaron la colegiación pública o legal. Sus intereses, necesidades, problemas y propuestas sobre un mejor servicio de justicia y el progreso de la legislación fueron canalizados a través de agrupaciones y asociaciones civiles, para llegar a la anhelada colegiación de ley, con un primer intento a través del Decreto 906 del año 1.943, el que fue derogado en forma inmediata.
Pero la transferencia de la facultad administrativa del habilitar y controlar la matrícula de los abogados por parte de la provincia, con la potestad de juzgar la ética profesional y de representar y defender a todos las abogadas y los abogados entrerrianos, con la creación de este especial sujeto de derecho público no estatal, se dio hace exactamente 65 años atrás.
La reforma constitucional entrerriana del 2.008 dio un espaldarazo a la colegiación. Su artículo 77 reconoce y garantiza la vigencia de los Consejos y Colegios, confiriéndoles el gobierno de la matrícula.
A comienzos del presente año, se promulgó y publicó la Ley N° 10.855 del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos. Esta moderna norma produce el cambio de nombre, uniendo a las dos profesiones que trabajan ante la administración de justicia: abogacía y procuración; creando nuevos órganos de gobierno que permiten mayor democracia, el reconocimiento del federalismo con la integración de las Secciones; más participación de todos los matriculados con la paridad de género y la representación de las minorías electorales y un real control sobre la vida institucional del Colegio. Asimismo incorpora nuevos derechos y obligaciones para los matriculados, adecuándose a los tiempos que vivimos en este siglo XXI°.