El Colegio de la Abogacía fue a Diputados por la Ley de Honorarios

El Colegio de la Abogacía fue a Diputados por la Ley de Honorarios

Autoridades del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos y de las secciones departamentales del CAER estuvieron hoy presentes en una reunión de trabajo de la comisión de Legislación General con legisladores de todos los bloques. Se trató la necesaria reforma de la ley 7046 que regula los honorarios profesionales.
“Fue un encuentro muy ameno, donde la abogacía en su conjunto se sintió escuchada. Pudimos plantear la gravedad de la situación de la matrícula con honorarios que en muchos casos se cobran años después del trabajo realizado”, aseguró la vicepresidenta del Colegio, María Marta Simón.
Estuvieron presentes, de manera presencial o vía zoom, todas las secciones del Colegio. “Es importante ver a toda la abogacía unida por el tema de honorarios, el único sustento de caracter alimentario de nuestra profesión. Agradecemos la escucha y el compromiso de avanzar con este tema por parte de todos los diputados y diputadas y a la invitación de la presidenta, Carina Ramos”, finalizó Simón.

Llamado a Concurso – Consejo de la Magistratura

Se convoca a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir los siguientes cargos pertenecientes al Poder Judicial de la Provincia de Chubut:

 

– “Juez/a Penal, para la ciudad de Sarmiento”.

– “Juez/a Penal, para la ciudad de Trelew”.

– “Juez/a Penal, para la ciudad de Rawson”.

– “Fiscal General, para la ciudad de Rawson”. (dos cargos)

– “Fiscal General, para la Unidad Especial de Delitos contra la Administración Pública” (Trelew – Rawson).

– “Fiscal General, para la ciudad de Comodoro Rivadavia” (dos cargos).

– “Fiscal General, para la localidad de Lago Puelo” (dos cargos).

– “Fiscal General, para la ciudad de Esquel”.

– “Juez/a Laboral, para la ciudad de Comodoro Rivadavia”.

– “Defensor/a Público Penal, para la ciudad de Comodoro Rivadavia”.

– “Defensor/a Público Penal, para la ciudad de Trelew”.

– “Juez/a de Familia, para la ciudad de Puerto Madryn”.

– “Juez/a de Paz, Titular, para la localidad de El Maitén”.

– “Juez/a de Paz, Titular, para la localidad de Rio Mayo”.

 

INSCRIPCIÓN DE POSTULANTES:

Las respectivas postulaciones se recepcionarán hasta el día 19 de abril del 2023, a las 13 horas, en la sede del Consejo de la Magistratura, sita en calle San Martín Nº 295, de la ciudad de Sarmiento (9020).

Teléfono: 0297-4892362; mail mesadeentrada@conmagchubut.gov.ar

Para ser Juez, Fiscal o Defensor: “Se requiere ser ciudadano argentino, tener título de Abogado y acreditar cuando menos siete años de ejercicio como tal, como Magistrado o como Funcionario Judicial…”. (Art. 164 de la Constitución Provincial).

Para ser Juez/a de Paz: “se requiere ser ciudadano argentino, mayor de edad, vecino del Departamento y desempeñar alguna actividad lícita”. (Art. 185 de la Constitución Provincial).

El Reglamento de Concursos, se encuentra disponible en Internet (www.conmagchubut.gov.ar) y asimismo puede ser requerido telefónicamente (0297-4892362) o vía mail: mesadeentrada@conmagchubut.gov.ar

El CAER le presentó al STJ 1313 firmas en contra de las notificaciones selectivas

El CAER le presentó al STJ 1313 firmas en contra de las notificaciones selectivas

El presidente del Colegio de la Abogacía, Alejandro Canavesio, acompañado por la consejera Blanca Acosta y por Rosa Warlet y Hernán Lell del Instituto de Derecho Procesal Civil y Comercial se reunieron ayer con los integrantes de la Sala Civil del Superior Tribunal de Justicia, Martín Carbonel, Gisela Schummacher y Leonardo Portela, a fin de reiterar el rechazo al modo en que fueron implementadas las notificaciones selectivas (Acordada N° 33/2022) y la falta de solución a la fecha. La petición fue avalada virtualmente por 1313 colegas de toda la provincia.

En la reunión se reiteró que la actual implementación de la Notificación Selectiva resulta contraria al régimen vigente y perjudicial al profesional de la abogacía por generar inseguridad y desconfianza. La única forma en que el ejercicio profesional puede ser realizado de manera segura y eficaz es dando íntegro cumplimiento a los artículos 1 y 4 de la Acordada N° 15/18. HIcieron extensivo el reclamo a la inoperancia de los filtros de búsqueda y la paginación, propiciando se arbitren los medios para tornar operativos los primeros e implementar el scroll.

Como opción superadora para posibilitar la recuperación de la confianza en el sistema y la seguridad jurídica como así también contribuir a la disminución del tráfico de datos, sugerimos el siguiente texto con relación a los Movimientos que se publican pero no se notifican: “Sin perjuicio de la notificación electrónica de todas las resoluciones que se dicten en el curso del proceso en los términos del art. 1 de la Acordada N° 15/18, con las solas excepciones en él contenidas, los escritos electrónicos y los documentos presentados por las partes se publican sin notificación conforme a las opciones que brinda el sistema de gestión informático “Sirirí”.

La respuesta de la Sala fue la imposibilidad de volver atrás, esto es a la notificación de todos los movimientos por cuestiones técnicas, propiciando ésta la elaboración de un protocolo para ir avanzando en una solución y la realización de capacitaciones relativas al buen manejo de la Mesa Virtual.

Honorarios profesionales: no hubo apelación y el fallo quedó firme

Honorarios profesionales: no hubo apelación y el fallo quedó firme

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó el fallo de primera instancia que declara “inconstitucional” la Acordada emitida por el Superior Tribunal de Justicia en la que se redujeron los honorarios profesionales de la abogacía en materia de amparos. La Acción de Inconstitucionalidad fue presentada por el Colegio de la Abogacía en el año 2019. El fallo no fue apelado por lo que la decisión queda firme.

A principios de mes, la Sala III de la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazó la apelación de Fiscalía de Estado al fallo del Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de Paraná que le había dado la razón en el año 2021 a la presentación firmada por el presidente del CAER, Alejandro Canavesio en el año 2019.

En aquella oportunidad, toda la abogacía entrerriana acompañó la presentación del CAERante lo que consideraron un “atropello por parte del STJ”. Desde la entidad, destacan la figura del autor de la presentación René Bonfils y la de todos los colaboradores que participaron de la redacción.

Lo que sostuvo el fallo de primera instancia

El primer fallo favorable confirmó la posición del CAER en relación a que la Ley 7046  posee el Carácter de orden público de los honorarios, los cuales no pueden reducirse por decisión judicial.

Además el fallo le dio la razón al CAER en cuanto a que la decisión del STJ violó la división de poderes al pretender legislar mediante un Acuerdo arrogándose facultades del Poder Legislativo de la Provincia de Entre Ríos, expresando el fallo en forma textual, “que resulta imposible equiparar, tanto en jerarquía como en efectos, a los Acuerdos plenarios con las leyes sancionadas por el Congreso o Legislatura. Si esto fuera así, estaríamos ignorando el principio básico sobre el que se asienta nuestra organización democrática”.

En aquella oportunidad, quedó establecido que el Honorario tiene rango constitucional por poseer carácter alimentarios protegido por el Art. 14 bis de la Constitución Nacional.

Nuevas autoridades en la Sección Concordia

Nuevas autoridades en la Sección Concordia

El presidente del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, Alejandro Canavesio, estuvo presente en la asunción de nuevas autoridades en la Sección Concordia del CAER.
Agradecemos al presidente saliente Silvio Rugolotto por el compromiso mostrado con nuestra institución y le damos la bienvenida a Graciela Chiappa, nueva presidenta de la sección.